El TRIBUNAL SUPREMO REDUCE LA PENA a 5 condenados del caso Malaya TRAS UN ERROR EN EL RECURSO de la Fiscalía

El TRIBUNAL SUPREMO REDUCE LA PENA a 5 condenados del caso Malaya TRAS UN ERROR EN EL RECURSO de la Fiscalía

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21/10/2015 00:00
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Actualizado: 21/10/2015 00:00
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El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado la pena impuesta a cinco exconcejales del Ayuntamiento de Marbella, condenados por el «caso Malaya». Así consta en un auto de aclaración en el que se enmienda un error del fiscal del caso que en el recurso contra la sentencia de la Audiencia de Málaga pidió para los delitos por cohecho una pena mayor a la que había pedido en el juicio.

El Ministerio Fiscal reconoció, durante la vista, que por error solicitó en su recurso de casación una pena más elevada –tres años y seis meses de prisión- que la instada en su día en su escrito de conclusiones definitivas –dos años. 

En el auto de aclaración, el Supremo recoge precisamente eso, que el Ministerio Fiscal «rectificó en la vista casacional la pena que había solicitado en su recurso de casación porque superaba la solicitada en su día en el escrito de conclusiones definitivas».

Así, del mismo modo que la acusación no puede solicitar en un recurso una pena más elevada que la que haya pedido en el juicio, un tribunal no puede imponer una menor a la prevista por ley, por lo que se impone una pena de prisión de dos años y seis meses y un día a cada uno de los cinco, que es el mínimo legal por el que se pena el delito de cohecho pasivo por acto injusto ejecutado por el que fueron condenados.

Los concejales afectados son Belén Carmona, María José Lanzat, Emilio Jorrín, José Luis Fernández Garrosa y Rafael González Carrasco.

A los tres primeros se les impone una condena de dos años, seis meses y un día de prisión por los delitos de cohecho y a los dos últimos, de cuatro años y medio, ya que a ese delito se suman los de fraude y prevaricación.

Cabe recordar que la Audiencia Provincial de Málaga condenó a los exconcejales a dos años de cárcel al considerar que habían cometido delitos de cohecho por acto injusto no realizado.

Después, en el recurso, el Tribunal Supremo determinó que esos actos injustos sí habían sido ejecutados, por lo que elevó las penas a tres años y medio, mientras que en el auto de aclaración de ahora se reducen a dos años y medio. EP.

 

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