Son las Comunidades las que deben FIJAR LAS TASAS UNIVERSITARIAS

Son las Comunidades las que deben FIJAR LAS TASAS UNIVERSITARIAS

|
27/5/2015 00:00
|
Actualizado: 27/5/2015 00:00
|

El Tribunal Supremo sentencia que la «concreta y específica» fijación de los precios públicos de las universidades corresponde a las comunidades autónomas «atendiendo al coste de la prestación del servicio».

La decisión del Supremo se ha producido después de que la Universidad Complutense recurriese una sentencia de marzo de 2013 en la que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimaba sus alegaciones contra el decreto de la Comunidad de Madrid de 2012 que establecía el proceso de fijación de precios públicos de estudios universitarios.

Dos fallos de la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a los que ha tenido acceso Confilegal,  anulan varios artículos de decretos autonómicos madrileños sobre las tasas universitarias sobre los que planteó recursos la Universidad Complutense. Concretamente, declara nulos «por no ser conformes con el ordenamiento jurídico» los artículos 2.1, 3.1, 4.1 y 5.1 del decreto 66/2012 de la Comunidad de Madrid, que otorgaba a las universidades la facultad de establecer los precios de las tasas dentro de una horquilla con topes máximos y mínimos establecida por la Comunidad de Madrid.

Las dos sentencias del Supremo, fechadas el pasado 14 de mayo, corrigen sendas resoluciones del TSJ de Madrid, y establecen que «la concreta y específica fijación de los precios públicos» ha de hacerse por la Comunidad de Madrid, ateniendo al coste de la prestación del servicio. En los citados decretos, la Comunidad sólo fijaba un precio máximo, para los títulos oficiales, o mínimo, para las enseñanzas de máster, para la posterior fijación de la cuantía de la tasa por la Universidad. Según el Supremo, ello contraviene el artículo 81.3.b de la Ley de universidades de 2001, cuyo sentido es justamente el inverso: Que dentro de los límites que establezca la Conferencia General de Política Universitaria, será a continuación la Comunidad Autónoma «quién fije, determine de modo cierto y no por cercanía, la cuantía del precio público».

El tribunal señala que los precios públicos es una competencia atribuida legalmente a la Comunidad y que el sentido de «fijación» equivale a «determinar, limitar, precisar y designar de cierto modo», aludiendo a las acepciones semánticas fijadas por la Real Academia Española.

El alto tribunal razona que, cuando la administración autonómica de Madrid señala «únicamente» una cifra máxima o una mínima para los precios, «significa que no está determinando y designando, de modo cierto, el precio público», sino «haciendo una aproximación, desvinculada del coste de la prestación del servicio». 

«Pues bien, cuando la Comunidad señala únicamente una cifra mínima, significa que no está determinando y designando, de modo cierto, el precio público, se está haciendo una aproximación desvinculada del coste de la prestación del servicio (al reconocerse que no se tienen datos sobre dichos costes para su completa determinación), mediante el establecimiento de una cuantía superior, o inferior, que limita pero no fija, la posterior fijación de la cuantía del precio público», insiste el alto tribunal.

«Consideramos –expone el Supremo– que carece de consistencia, a estos efectos, la razón esgrimida en la sentencia (del TSJ de Madrid) para eximir a la Administración del ejercicio completo de dicha atribución fijando los precios públicos, pues la falta de datos relevantes, no suministrados por la propia Universidad a la Comunidad ahora recurrida, no es razón bastante para trasladar a la Universidad el ejercicio de dicha potestad. Así es, los datos económicos necesarios para establecer el coste de la prestación del servicio, que es el criterio legal que ha de seguirse para fijar la cuantía del precio público, han de ser entregados, en todo caso, por la Universidad a la Administración de la Comunidad Autónoma, y ésta dispone al efecto de todos los mecanismos que establece el ordenamiento jurídico para alcanzar dicho objetivo». 

Noticias Relacionadas: