José María García deberá pagar 12.000 euros a Florentino Pérez por insultarle

José María García deberá pagar 12.000 euros a Florentino Pérez por insultarle

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11/11/2015 00:00
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Actualizado: 11/11/2015 00:00
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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 12.000 euros contra el periodista deportivo José María García por insultar al presidente del Real Madrid, Florentino Pérez, al que llamó «el Presidente más corrupto del fútbol español», «mala gente» y «perverso», entre otros calificativos.

YOLANDA RODRÍGUEZ

Los hechos se remontan al 12 de Abril de 2011 cuando José María García, en el programa «La vuelta al mundo», emitido por la cadena VEO, afirmó que Florentino Pérez era «el Presidente más corrupto del fútbol español», «mala gente» y «perverso», la comparación con las ratas; la acusación de presionar a los medios de comunicación para que le tratasen con benevolencia, llamándole «censor», de haber gestado en la antigua ciudad deportiva del Real Madrid C.F. una «maniobra fraudulenta» de naturaleza urbanística, según el demandado «el mayor escándalo de la democracia».

Según el Supremo, la protección del derecho al honor debe prevalecer frente a la libertad de expresión cuando se emplean expresiones ofensivas innecesarias para poner de manifiesto una opinión o crítica, que podría ser legítima, pero que puede formularse sin necesidad de acudir al insulto, dado que el derecho a la libertad de expresión no reconoce un pretendido derecho al insulto. Para ello se basa en la doctrina constitucional (recogida, entre otras, en la STC, Sec.1ª, de 19 de diciembre) y en la doctrina de esta Sala (reiterada en la reciente Sentencia 497/2015, de 15 de septiembre).

La Sala Primera del Tribunal Supremo, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Salas, ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el periodista José María García Pérez contra la sentencia de la Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Madrid, que le condenó, en noviembre de 2013, a pagar 12.000 euros.

Esta condena reducía considerablemente la impuesta en instancia que era de 120.000 euros.

La Sala I, tras el examen de las expresiones utilizadas por José María García, considera que en el juicio de ponderación entre los derechos en conflicto en el presente litigio -el derecho a la libertad de expresión del demandado y el derecho al honor del demandante- debe prevalecer el derecho al honor. Entiende que las manifestaciones enjuiciadas no tienen amparo en el ámbito constitucionalmente protegido de la libertad de expresión.

Además, alude a la sentencia de la Audiencia Provincial para asegurar que “el hecho de que [el demandante] sea un personaje indudablemente público, lo que no se discute, y que haya aparecido con asiduidad en los medios de comunicación y concedido entrevistas como Presidente del Real Madrid o Presidente de una conocida constructora hace de menor grado la protección a su honor pero no le priva de él de manera absoluta.

Por ello, en escrito, el Tribunal Supremo entiende que: «Basta el examen de las expresiones utilizadas por el demandado, que se tienen por ciertas, para comprobar que más allá de denunciar un supuesto caso de “corrupción”, lo que podría estar justificado por el derecho a la libertad de expresión y de información, afectando además a un personaje público, se vierten expresiones que claramente atentan -gratuita e innecesariamente- contra el honor del demandante como son las de “mala gente” y “perverso” así como la comparación con las ratas, lo que implica menosprecio y lesión en la dignidad del afectado».

Es más, «Se trata de expresiones absolutamente innecesarias para poner de manifiesto una opinión, información o crítica que podría ser legítima, pero que igualmente puede formularse sin necesidad de acudir al insulto; siendo así que, si tales actuaciones no encuentran respuesta adecuada en derecho, lo que se está propiciando es una espiral acción-reacción en la que el ofendido quedará legitimado para contestar con un insulto mayor al recibido, en una escalada sin límite carente de cualquier justificación».

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