Jaime Sanz de Bremond: «Yo afirmo que el miedo es el gran mal de los jueces de este país»
El abogado Jaime Sanz de Bremond domina muy bien las cuatro fases en que se divide el informe final. Confilegal.

Jaime Sanz de Bremond: «Yo afirmo que el miedo es el gran mal de los jueces de este país»

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28/9/2015 00:00
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Actualizado: 30/9/2020 12:35
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Son 37 años de ejercicio de Abogacía sobre sus espaldas, actuando ante tribunales de los cuatro puntos cardinales de España. Conoce a la Administración de Justicia y a los jueces como pocos. Por ello, su experiencia y su independencia le permiten decir, a Jaime Sanz de Bremond, uno de los grandes abogados penalistas de España, verdades del barquero como ésta sobre el miedo de los jueces.

Jaime Sanz de Bremond tiene una imagen de marca: su pelo largo, su sombrero de ala ancha y su fular. Es inconfundible. A lo que se une una amabilidad exquisita que no ha cambiado a lo largo de los años.

Es bien conocido por la especialidad penal, pero su bufete toca todos los palos del derecho.

La entrevista tiene lugar en su despacho de la madrileña calle del Conde de Xiquena. La librería está abarrotada de libros de derecho, compendios de jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Pero es engañoso. Porque sobre la mesa descansa un Macbook Pro de 13 pulgadas y un Ipad, que es con lo que se maneja todos los días. La librería es apego a sus orígenes, que denota algo de romanticismo. Pura apariencia. Pero él se siente muy a gusto entre ellos.

Con Sanz de Bremond hablamos en una semana especialmente intensa para él en la que ha tenido que actuar todas las mañanas -salvo la del viernes- ante el tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Madrid que está juzgando a 7 personas por el asesinato a tiros, en 2008, del abogado Alfonso Díaz Moñux, en Madrid.

Es un juicio «repetido». El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tumbó la sentencia de Eduardo Cruz Torres, el presidente del anterior tribunal del jurado, ordenó la puesta en libertad de todos los condenados y la repetición del juicio.

Fue una decisión tan grave, que el presidente del TSJM, Francisco Vieira, remitió lo ocurrido al presidente del Consejo General del Poder Judicial «a los efectos que estime oportunos», se supone que disciplinarios. La anulación del juicio fue un escándalo y sólo hubo un culpable: el magistrado Cruz Torres.

De ésto hablamos con Sanz de Bremond. De jueces, de juicios con jurado y de Emilio Hellín, el ultraderechista condenado en 1982 a 43 años de prisión por el asesinato de Yolanda González, reconvertido ahora en perito tecnológico.

¿Qué lamenta usted de los jueces españoles?

Que sean tan tibios, que sean tan poco decididos. Yo afirmo que el miedo es el gran mal de los jueces en este país.

Miedo, ¿a qué?

Pues, en los jueces de instrucción, por ejemplo, miedo a que se me escape un imputado si acuerdo una libertad provisional, miedo al qué dirán, miedo a lo que salga en la prensa, miedo a que el fiscal me recurra, miedo a lo que me diga la Audiencia… Y eso mediatiza a muchos jueces y magistrados de este país.

Siempre que me encuentro con alguien que no es firme en sus convicciones y en su criterio lo lamento enormemente, porque eso siempre supone un riesgo.

«LAMENTO QUE LOS JUECES SEAN TAN TIBIOS, TAN POCO DECIDIDOS»

Ha mencionado el miedo a la prensa. ¿Tanto influimos los medios de comunicación en los jueces hoy en día?

Desde mi punto de vista, los medios de comunicación no influyen. Los medios de comunicación hacen lo que tienen que hacer, que es informar. Pero sí que existe un temor entre los jueces hacia lo que puedan decir y publicar los medios, la repercusión que pueda tener lo que resuelvan.

A lo largo de los años habíamos avanzado en la dirección correcta pero ahora se está retrocediendo.

Nunca antes como ahora ha tenido tanto sentido la frase aquella de ‘Luz y taquígrafos’.

Nos está pintando un panorama muy negro, o gris tirando a muy negro…

Hace poco me hice cargo de la defensa de un caso de supuesto amaño de partidos de fútbol. La fiscalía abrió unas diligencias de investigación y remitió las actuaciones al juzgado de instrucción que correspondía, en Valencia.

Los periodistas estuvieron a punto de presentar una queja formal ante el poder judicial porque la jueza se cerró en banda a dar ningún tipo de información.

No se informa ni de cuándo va a haber declaraciones, ni se informa de nada. Pero mire usted, es un tema de interés social. Es un partido de primera división, hay un club que ha descendido, otro que no desciende. Se supone que ha habido un amaño. Afecta a unas personas directamente pero a muchas más personas, indirectamente, hay un interés público evidente.

Por lo tanto, no puede instruir usted el procedimiento en la oscuridad de la mazmorra. Esto es lo que se hacía en la época de la Inquisición, pero estamos en el siglo XXI. Se supone que esa manera de actuar había sido superada. Pues no.

El problema es que sigue existiendo ese resquemor, por parte de los jueces y magistrados. Muchas veces, insisto, es debido al miedo. El miedo, el miedo y el miedo es el gran enemigo de la judicatura de este país.

«EXISTE UN TEMOR ENTE LOS JUECES HACIA LO QUE PUEDAN DECIR Y PUBLICAR LOS MEDIOS, A LA REPERCUSIÓN QUE PUEDA TENER LO QUE RESUELVAN» 

¿Las nuevas generaciones tienen el mismo miedo que las antiguas?

Continua y constantemente me encuentro con jueces y magistrados que me reconocen de forma implícita o explícita que tienen miedo. Yo he escuchado a dos jueces decirse, ‘no, yo no recibo a los abogados porque si les recibes, te la meten’ [se ríe abiertamente].

Esa inseguridad es lo que genera una mala Administración de Justicia, inevitablemente.

Si unimos esto al enorme, tremendo y terrible retroceso que se ha producido en la Justicia en los últimos años, cuando estamos volviendo a situaciones que habíamos olvidado, el panorama resulta desolador.

Que uno presente una demanda en la jurisdicción social por despido y que se señale el juicio para dentro de un año… ¡Eso ya no es justicia!

¿Prefiere usted los tribunales profesionales o los tribunales de jurado?

Prefiero los tribunales de jurado popular.

¿Por qué?

Para empezar, porque creo que existe una mayor igualdad de partes. Ante un tribunal colegiado, la opinión del fiscal tiene un peso mayor que ante un tribunal del jurado.

Lo tengo contrastado: Los magistrados de un tribunal colegiado, de un tribunal de tres jueces profesionales, suelen prestar más atención a lo que dice el fiscal que al resto de las partes.

No debiera ser así, pero lo es.

«LO TENGO CONTRASTADO: LOS MAGISTRADOS DE UN TRIBUNAL COLEGIADO SUELEN PRESTAR MÁS ATENCIÓN A LO QUE DICE EL FISCAL QUE AL RESTO DE LAS PARTES»

O sea, que, desde su punto de vista, como abogado defensor, un tribunal del jurado tiene más garantías para su cliente que un tribunal profesional…

Sí, sin duda. Existe más igualdad de partes. Al fiscal, a pesar de ir vestido como el magistrado presidente y de sentarse más cerca de él y de empezar el primero explicando su figura, diciendo que defiende el principio de legalidad y que a él no le paga la víctima, ni tampoco el acusado, que es imparcial, se le contrarresta con facilidad.

Porque luego habla el abogado de la acusación, y después el abogado de la defensa.

El abogado de la acusación tiene la posibilidad de decir, ‘miren ustedes, lo que acaba de decir el señor fiscal es muy respetable, pero no es cierto. Y no es cierto por esto, por esto y por esto’.

Y lo mismo puede hacer la defensa.

Mi experiencia me acredita a afirmar que si un tribunal de magistrados tiene una idea preconcebida de los hechos que van a ser sometidos a enjuiciamiento es muy difícil, si no imposible, cambiarles esa idea preconcebida. Mientras que a un tribunal del jurado sí pueden cambiar esa idea.

¿Ha vivido algún caso que pruebe lo que afirma?

Sí, claro. En Valencia. Fue en 1998. Unos gitanos mataron a un camionero que había atropellado accidentalmente al hijo de uno de ellos, de 12 meses, cuando maniobraba junto a una base de contenedores del Puerto.

Como coincide con el fin del juicio de las niñas de Alcasser y hay un vacío informativo, los medios se centraron en ese tema y le dieron una repercusión mediáticamente desmedida. El suceso sale en primera página en todos los periódicos. ‘La jauría humana’. ‘Linchan al camionero’. Y sobre todo en Valencia.

El juicio, por jurado popular, duró un mes. Durante esos 30 días, los dos periódicos de Valencia, Las Provincias y Levante, informaron diariamente sobre el juicio.

Uno de ellos llevaba, incluso, una página doble central con el título ‘El juicio del año’.

Durante la selección del jurado, todos y cada uno de los candidatos reconocieron que habían oído hablar del caso y que tenían una idea preconcebida sobre el caso. La misma opinión que tenía el fiscal y las de las dos acusaciones particulares personadas, una en representación de la viuda del camionero y otra en representación de sus hijos.

Yo defendí al matrimonio de acusados, gitanos los dos.

Empecé a plantear la recusación de todos esos candidatos porque no eran imparciales.

«A UN TRIBUNAL PROFESIONAL ES MÁS DIFÍCIL CAMBIARLES LA IDEA PRECONCEBIDA SOBRE A UN CASO QUE A UN TRIBUNAL POPULAR»

Suponemos que la magistrada le diría algo, llegado a ese punto…

Con contundencia, sí. Me dijo –con toda la razón-: ‘mire usted, señor letrado, lo que usted plantea es muy bonito. A efectos de recurso le dejo que haga usted constar su protesta, todo lo extensa y fundamentada que quiera. Le reconozco que encontrar a un jurado que no haya oído hablar del tema y que tenga una opinión formada en un sitio como este, en el caso que nos ocupa, es muy difícil, si no imposible’.

‘Pero claro, tenemos que celebrar el juicio. Yo no voy a suspenderlo para celebrar un nuevo sorteo. Por lo tanto, yo no le voy a admitir una recusación más. Puede usted recusar sin causa las cuatro que le reconoce la ley, pero nada más’.

Es el mismo dilema que se va a plantear en el caso del juicio contra los padres de la pequeña Asunta.

¡Idéntico!

Con lo que el juicio comenzó con 9 personas, 11 con los suplentes, que tenían la idea del fiscal y de las acusaciones particulares. Que lo dijeron, además.

Después de un mes de juicio, el jurado, por unanimidad, y subrayo la unanimidad, emitieron un veredicto que suscribía todo lo que yo había planteado.

Que era…

Él, en vez de asesinato, homicidio. Y tenían que tenerle en cuenta un trastorno mental transitorio. Y ella fue absuelta.

Eso fue lo que yo planteé desde el primer momento. El mismo jurado que un mes antes pensaba lo contrario.

Los medios de comunicación, por lo tanto, y desde su punto de vista, no son tan determinantes en casos como los de Asunta o Bretón. El jurado no va a fallar en función de lo que publiquen los medios de comunicación…

Eso es así, pero también existe la excepción. La tremenda, horrible y dolorosa excepción. Es el caso Wanninkhof, en 2001.  Ahí hubo una presión tremenda no sólo mediática, también social. La defensa no pudo hacer todo su trabajo.

Existe otro caso anterior, el del juicio del doble asesinato de los ertzainas en El País Vasco, en 1997, del que se dijo que debido a la fuerte mediatización política, se absolvió al autor, cuando lo que falló ahí fue la acusación.

Porque lo que tenía que dirimirse en el juicio no era si el acusado era culpable o no, porque el acusado lo había reconocido, sino su grado de imputabilidad.

El acusado había disparado contra los ertzainas después de haber estado tomando unos potes en un local, por lo que evidentemente su defensa pasaba por cuestionar la imputabilidad.

Si se sabe lo que la defensa va a hacer, que va a montar una buena pericial, bien estructurada, y la acusación no lo desmonta, pues, por mucho País Vasco que sea, si a mí, como jurado, me dicen que me tengo que atener a las pruebas practicadas, pues declararé, según los expertos que aquí han declarado, que el acusado no es imputable.

Hubo también, es cierto, disfunciones atribuibles a que era de los primeros procedimientos del jurado que tenían lugar en España, como una falta de motivación del veredicto.

Por lo tanto, no estoy de acuerdo con que el resultado fue el producto de la mediatización política.

Sí tengo que decir, que, desde mi punto de vista, ni desde la Justicia ni desde los partidos políticos se ha prestado mucha atención y apoyo a los tribunales del Jurado.

«DESDE MI PUNTO DE VISTA, NI DESDE LA JUSTICIA NI DESDE LOS PARTIDOS POLÍTICOS SE HA PRESTADO MUCHA ATENCION Y APOYO A LOS TRIBUNALES DEL JURADO»

¿Cuántos juicios con jurado ha realizado?

Muchos, muchos. No los he contado. He llevado juicios con jurado en la Comunidad Valenciana, en Madrid, en Castilla-La Mancha, en Cataluña… [Duda unos segundos]. ¡Es que he estado en toda España!

En el caso que se está celebrando en estos momentos en la Audiencia Provincial de Madrid, el juicio repetido por el asesinato a tiros del abogado Alfonso Díaz Moñux en 2008, en el usted lleva una acusación particular contra 7 personas, ¿está resultando cómodo?

No, en absoluto.

¿Por qué?

Porque es la repetición de un juicio. No es el primer juicio con jurado que repito, es el segundo.

La repetición de un juicio es una cosa muy delicada. Sobre todo si estás en el lado de la acusación, porque la defensa tiene la maravillosa oportunidad de volver a jugar el partido sabiendo cuáles son los errores cometidos y pudiendo modificar aquello que le interesa.

La labor más difícil la tiene la acusación que es la que debe demostrar los hechos al jurado.

En este juicio, por el asesinato de Díaz Moñux, el  hecho de que hayan cambiado los abogados de varios de los acusados [son 8], no es casual. Y se han propuesto nuevas pruebas periciales, entre otras esta precisamente, sobre el posicionamiento de los terminales telefónicos, de Emilio Hellín Moro.

En este caso había algo personal en su oposición a que este perito informático presentara su informe ante el tribunal del jurado, ¿no es así?

Desde luego. Yo recuerdo perfectamente el asesinato de Yolanda González, en 1980. La detención de Emilio Hellín Moro, que era miembro del grupo ultraderechista Fuerza Nueva. Recuerdo su enjuiciamiento. Recuerdo su condena a 43 años de cárcel. Recuerdo cómo se fugó a Paraguay.

Y no sé si tuvo que ver con la salida de escena de uno de los 8 acusados, que se dio a la fuga antes de la celebración del presente juicio.

No deja de ser una coincidencia que el informe de Emilio Hellín lleve fecha de 25 de agosto de 2015 y que el 1 de septiembre el acusado Miguel Ángel Durán Abad deje de comparecer regularmente ante la Justicia.

Hasta ese momento, desde que se anula el juicio anterior, en 2013, había estado en libertad y había comparecido regularmente.

Será una casualidad.

Hay que recordar que Emilio Hellín también se fugó. Se fue a Paraguay, donde vivió poco menos que como invitado de honor del dictador Stroessner.

En 1989 fue detenido por Interpol y devuelto a España, en 1990. ¿Cuánto cumplió por el asesinato de Yolanda González?

Muy poco, en aquel tiempo se cumplía muy poco. Salió en 1996.

«INDIVIDUOS DE LA ‘CALAÑA’ DE EMILIO HELLÍN NO PUEDEN COMPARECER ANTE LOS TRIBUNALES EN CALIDAD DE EXPERTOS EN UN JUICIO PARA ASESORAR A UN JURADO»

¿Le explicó al jurado quién era Emilio Hellín?

Por supuesto, les expliqué que había sido condenado por asesinato por la Audiencia Nacional, que se había fugado después, que lo atraparon, que después de salir de la cárcel se había cambiado el nombre, por el de Luis Enrique, y que su credibilidad moral y personal era nula.

Si a todo eso añadimos que el informe venía firmado por un segundo perito, que es su hijo, que resulta que fue condenado en 2011 por la Sección VI de la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de abusos sexuales a una menor pues…

Individuos de la ‘calaña’ de Emilio Hellín no pueden comparecen ante los tribunales en calidad de expertos en un juicio para asesorar a un jurado.

No tienen respetabilidad moral.

Sin embargo, el magistrado presidente sí estaba dispuesto a dejarles intervenir…

Así es. Y se lo reconoció al tribunal del jurado. Sabía de antemano que el Ministerio Fiscal se iba a oponer por el hecho de que era una prueba redundante de otra ya propuesta por las defensas. Pero después de la intervención del fiscal y de las tres acusaciones privadas, modificó su criterio.

Se daba la circunstancia, además, de que el abogado que lleva la segunda acusación particular, en representación de la viuda y de los hijos, resulta que esta también personado en un procedimiento penal que se lleva contra el hijo de Emilio Hellín, Jesús Hellín Asensio, el segundo perito del informe. Por impago de pensiones. Un procedimiento del que dentro de poco se celebrará el juicio y en el que el abogado va a pedir una pena de prisión.

‘Si usted admite la prueba pericial’ –le dije al  presidente del tribunal- ‘nosotros vamos a presentar un escrito recusando al sujeto’.

En el anterior juicio repetido, ¿llevaba usted también acusación particular?

No, llevaba la defensa. Fue un juicio del que discrepo de lo resuelto por el Tribunal Supremo. Porque a consecuencia de ese juicio se cambiaron las normas no contenidas en la Ley del Jurado.

Esta ley establece una serie de mayorías para la adopción de los diversos acuerdos. Para dar por probado un hecho favorable al acusado es necesaria una mayoría de 7 sobre 9. Para probar un hecho favorable al acusado es suficiente una mayoría de 5 sobre 9.

Si la pregunta es, ‘¿considera usted que el acusado en el momento de disparar estaba borracho?’, la contestación afirmativa requeriría una mayoría de 5 nada más.

Por el contrario, la contestación de si disparó contra la víctima, requería una mayoría de 7 sobre 9.

Pero, ¿qué sucedía cuando los hechos objeto de acusación no alcanzaban la mayoría requerida en la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado? Cuando la pregunta de si el acusado había disparado contra la víctima no tenía la mayoría señalada.

En ese caso, el jurado daba por no probados los hechos y se dictaba una sentencia absolutoria.

Desde esta sentencia, el Tribunal Supremo ha modificado su criterio y ha establecido que para que el jurado popular de por no probado un hecho se requerirá, a su vez, una mayoría de 5 sobre 9.

«HAY MUCHO DE VERDAD EN ESA FRASE DE QUE ‘UNO PUEDE TENER LA MEJOR JUSTICIA QUE SE PUEDA PAGAR’»

Por sus palabras se deduce que la justicia tiene mucho de suerte, de lotería, y, sobre todo, de medios económicos para contratar un buen abogado…

Una de las primeras cosas que yo aprendí es que la Justicia, con mayúscula, no existe. No es solamente que tengas un buen abogado. También depende de qué juez de instrucción te toque, que magistrados de la Audiencia, o que sección te toque.

¡Claro que sí!

La gente que está en las prisiones no lo entiende. Y se dicen, ‘fulanito, que ha sido detenido en estas circunstancias, ¿cómo es posible que le pongan una fianza y salga a la calle y, sin embargo, a mí, que es un tema parecido o menor, pues el juez de instrucción que me ha tocado no me da la libertad?’

Hay jueces que son más laxos en las fianzas y libertades provisionales y hay jueces que te dicen abiertamente, ‘yo, en tema de drogas no acuerdo, o me cuesta, acordar libertades provisionales’.

Por lo tanto, por supuesto que depende de muchos factores.

Ya sabe lo que dicen los estadounidenses: ‘Uno puede tener la mejor justicia que se pueda pagar’.

Pues desgraciadamente hay mucho de verdad en esa frase.

¿Usted cree que los políticos tienen interés porque la Administración de Justicia funcione?

No ha habido nunca ningún interés porque la Administración de Justicia funcione. Yo no lo he percibido. Sí creo que por parte de algunos gobiernos de izquierda ha habido un mayor interés. Otra cosa es el mucho o poco acierto que haya habido.

‘Enorme interés’ no lo ha habido nunca por parte de ningún partido político.

Hace unos días, preparando su entrevista, pudimos recordar que usted había sido uno de los abogados en el juicio sobre la desaparición de Santiago Corella, ‘El Nani’, en 1988. Los policías fueron condenados por su desaparición, no por su asesinato. El hecho de que ahora se condene sin cadáver, como en los casos de Marta del Castillo o de los hijos de Bretón, ¿no es peligroso? Recuerde el crimen de Cuenca…

No, yo creo que ha sido correcto. Nosotros en el caso de ‘El Nani’ decidimos no acusar por asesinato porque el cuerpo no había aparecido. En todo caso no habría sido asesinato sino torturas con resultado de muerte. El problema que teníamos era que no podíamos demostrar ese resultado de muerte.

Por ello, decidimos acusar de detención ilegal con desaparición forzada, que en aquel entonces estaba tipificado en el artículo 483, que llevaba aparejada una pena equivalente a la de asesinato.

En el caso de Bretón me parece correcto. Si existe una  prueba indiciaria suficiente, pues me parece correcta la condena.

¿Comparte usted la idea extendida entre los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado de que a los jueces les cuesta condenar sólo con la prueba indiciaria, que siempre piden la foto con el asesino matando a su víctima?

La queja de los cuerpos y fuerzas de seguridad es infundada. Mi experiencia es que los jueces condenan con la prueba indiciaria, aunque no tengan la foto del señor o la señora matando.

Al revés. El miedo que me suscita a mi esa cuestión es el contrario. Pienso que desgraciadamente a veces se condena demasiado alegremente con prueba indiciaria por hechos graves como puede ser un asesinato o una violación.

«A VECES SE CONDENA DEMASIADO ALEGREMENTE CON PRUEBA INDICIARIA POR HECHOS GRAVES COMO PUEDE SER UN ASESINATO O UNA VIOLACIÓN»

PARA SABER MÁS:

EMILIO HELLÍN NO PODRÁ actuar como PERITO en el juicio por el asesinato del abogado DÍAZ MOÑUX

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